Se amplían los beneficiarios de las ayudas para el fomento de la contratación indefinida

El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del decreto 147/2012, de 27 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en Extremadura. El objetivo de estas ayudas es impulsar la contratación indefinida para reducir las altas tasas de temporalidad y contribuir a la mejora de la competitividad de las empresas, uno de los objetivos prioritarios del Plan de Acción Integral de Empleo, Emprendedores y Empresa (Plan 3E), firmado por la CREEX.

Se introduce como posibles beneficiarias a las empresas que, no teniendo la consideración de PYMES, mediante la apertura de nuevos centros en Extremadura o mediante la ampliación de centros existentes y respecto del personal contratado al servicio de los mismos, contribuyan al crecimiento y al desarrollo del tejido empresarial en Extremadura.

Asimismo, se incluyen también como beneficiarios a los empresarios del sector agrícola que, por razón de la naturaleza de sus actividades, no habían podido tener acceso a estas ayudas en normativas anteriores.

Esta línea de ayudas se articula en dos programas, uno para los contratos indefinidos iniciales, suscritos con trabajadores desempleados que en el momento de la contratación carezcan de ocupación laboral; y otro para las transformaciones en indefinidos de los contratos de duración determinada.

Con la modificación del decreto se incrementa además la cuantía de las ayudas en ambos programas.

De esta manera, las ayudas para la contratación indefinida inicial serán de 6.500 euros para la contratación de mujeres; jóvenes menores de 30 años y mayores de 45 años, y de 5.500 para la contratación inicial del resto de hombres.

Para la transformación de contratos temporales a indefinidos, la ayuda será de 4.000 euros para las mujeres y 3.000 para los hombres.

También se reducen los plazos de obligación de mantenimiento del puesto de trabajo subvencionado, pasando de dos años a dieciocho meses.

Al mismo tiempo, se incentiva la creación de empleo para mujeres como grupo de atención prioritario, así como para los jóvenes menores de 30 años y también los varones mayores de 45.

La jornada laboral de los contratos indefinidos realizados al amparo de ambos programas deberá ser, como mínimo, del 50 por ciento de la jornada habitual de la empresa, actividad o sector de que se trata o, en su defecto, la jornada máxima legal.

Además, se mantiene la ayuda por contratación indefinida a personas empleadas de hogar, sector que se incluyó por primera vez como beneficiario en el decreto aprobado en 2012, que ahora se modifica para introducir los aspectos ya señalados.

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