El DOE publica la convocatoria del procedimiento de homologación de empresas dentro del programa Extrem@tic para 2014

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado hoy la resolución por la que se abre la convocatoria del procedimiento de homologación de empresas dentro del programa “Extrem@tic” para la anualidad 2014, para seleccionar y homologar a empresas interesadas en prestar los servicios que se establecen como subvencionables en el Decreto 11/2014, 18 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a incentivar el uso de servicios de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica en materia de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, dentro del programa “Extrem@TIC”, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 

Las empresas para poder ser homologadas deberán cumplir los siguientes requisitos de solvencia:

1. Contar con una experiencia de al menos tres años en la prestación de servicios de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica en materia TIC de características semejantes a los establecidos como subvencionables en el artículo 2 del Decreto 11/2014, de 18 de febrero.

Junto a ello, deberá acreditarse, mediante certificado expedido por la empresa receptora de los trabajos, copia del contrato de realización de los trabajos u otro medio de prueba válido en derecho, haber realizado un mínimo de 5 trabajos previos en dichos servicios y tener al menos 2 certificados de buena ejecución de esos trabajos previos realizados.

2. Tener por objeto social la prestación de estos servicios especializados y estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del IAE.

3. Disponer de personal cualificado para la prestación de los servicios para los que presenta solicitud de participación como proveedor homologado, perteneciente a su plantilla o con el compromiso de contratar a ese personal, con los siguientes requisitos:

— Titulación universitaria.

—Tres años de experiencia, acreditando, por cualquier medio válido en derecho, haber realizado un mínimo de 5 trabajos de naturaleza análoga a los servicios para los que se solicita la homologación.

Queda prohibida en todo caso la subcontratación.

4. Prestar sólo los servicios en los que se haya obtenido la condición de entidad homologada, debiendo realizarlos según la definición y contenido de cada servicio recogida en el artículo 2 del Decreto 11/2014, de 18 de febrero.

Las empresas que reúnan las condiciones para poder acceder a la homologación dirigirán sus solicitudes a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, sita en avda. José Fernández Lopéz, 4, de Mérida (Badajoz), pudiéndolas presentar a través de la página web: proveedoresextrematic.extremaduraavante.es, acompañada de la documentación que más adelante se establece.

El plazo de presentación de las solicitudes de homologación será de 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

 

Acceso DOE