El Boletín Oficial del Estado publicó, el pasado 24 de octubre, dos textos refundidos de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley de Empleo. Por tanto, son normas que recopilan las novedades legales de ambos ámbitos, con el fin de facilitar la consulta y conocimiento de la nueva regulación del ordenamiento laboral.
Real Decreto Legislativo 2/2015, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.
Esta norma (enlace al BOE), que mantiene la estructura del Estatuto de los Trabajadores (de 1980 y que ya fue refundido en 1995), integra en un solo texto legal otras recientes normas que han supuesto modificaciones de calado en la ley de origen, entre las que destacan:
- La reforma laboral de 2012 (Ley 3/2012) que, entre otras cuestiones, eliminó la autorización administrativa previa en los despidos colectivos, estableció la prioridad aplicativa de los convenios de empresa y limitó a un año la ultraactividad de los convenios colectivos.
- El Real Decreto Ley 11/2013, que modificó la regulación de la comisión negociadora y los sujetos legitimados para actuar, en representación de los trabajadores, como interlocutores ante la dirección de la empresa durante el periodo de consultas que deberá tener lugar con carácter previo a la adopción de medidas colectivas de despido o flexibilidad interna.
- El Real Decreto Ley 16/2913, que reformó el contrato a tiempo parcial.
Real Decreto Legislativo 3/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo.
Al igual que la anterior, este Real Decreto (enlace al BOE) recopila numerosos cambios, como los siguientes:
- Ley 35/2010, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, cuya principal novedad fue la modificación del régimen de las agencias de colocación dando entrada en la intermediación laboral a las entidades con ánimo de lucro.
- Real Decreto-Ley 3/2011, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo. Entre las novedades principales de esta amplia reforma, cabe destacar el establecimiento de un catálogo de servicios a la ciudadanía (desempleados, ocupados y empresas) común a todos los Servicios Públicos de Empleo.
- Ley 3/2012, de reforma laboral, que permitió a las ETT actuar como agencias de colocación, previa autorización administrativa.
- Ley 18/2014, para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que modificó la Ley de Empleo para adaptarla a la nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo y a la normativa reguladora de las agencias de colocación, sustituyendo la autorización administrativa previa por una declaración responsable con validez en todo el territorio nacional desde el momento de su presentación.
- Ley 30/2015, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Ambos textos refundidos entrarán en vigor a los 20 días de su publicación.
Cambios en la Ley General de la Seguridad Social
Posteriormente, el 31 de octubre, el BOE también publicó el texto refundido de le Ley General de la Seguridad Social, en el Real Decreto Legislativo 8/2015 (enlace al BOE).
Entre las normas integradas, destacan:
- Ley 29/2012, que recoge la mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial de Empleados del Hogar.
- Real Decreto Ley 5/2013, para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
- Ley 23/2013, en cuyas disposiciones se regula el factor de sostenibilidad y del índice de revalorización del sistema de pensiones de la Seguridad Social.
La entrada en vigor de esta norma será el 2 de enero de 2016.