Las horas que los empresarios pueden distribuir de forma irregular se elevan hasta el 10% de la jornada

La Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso de los Diputados aprobó, el pasado 24 de mayo, una serie de enmiendas a la reforma laboral. Las modificaciones afectan a aspectos como la contratación o la negociación colectiva, así como introduce distintos incentivos y bonificaciones para los emprendedores. 

A continuación, se detallan algunas de las principales novedades introducidas en la norma:

1. Contratación e intermediación. El contrato de apoyo a emprendedores se podrá usar hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%. Además, se establece la posibilidad de prorrogar el contrato de formación y aprendizaje hasta por dos veces, con una duración mínima de cada prórroga de seis meses, dentro de la duración máxima del contrato de tres años.

2. Incentivos y bonificaciones. Se modifica el Impuesto de Sociedades para dar soporte técnico a los incentivos fiscales previstos para los contratos de apoyo a emprendedores. Además, se suprime, para que la empresa tenga derecho a la bonificación en el contrato indefinido de apoyo a emprendedores, el requisito de que los mayores de 45 años tengan que estar inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho anteriores a la contratación.

3. Despido y resolución de contratos. Se acotan más las causas económicas en los despidos objetivos al aludir a la disminución persistente del nivel de ingresos ordinarios o ventas. Además, se podrá sustituir en cualquier momento el período de consultas en los despidos colectivos por la mediación o el arbitraje.

4. Negociación colectiva. Se rebaja de dos a un año el plazo de ultraactividad de los convenios. También se incluye la posibilidad de negociar el convenio de empresa en cualquier momento de la vigencia de los convenios de ámbito superior, aunque no se exige el acuerdo de las partes.

5. Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos. Se delimitan las funciones de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos en lo que se refiere a asesoramiento y consulta sobre el ámbito funcional de los convenios, el convenio colectivo aplicable a una empresa y la consulta en supuestos de extensión.

6. Flexibilidad interna. Se eleva hasta el 10% de la jornada de trabajo las horas que el empresario puede distribuir de forma irregular. También se  incluye la definición de las causas de aplicación de las medidas de suspensión de contratos y de reducción de jornada y se permite la sustitución del período de consultas por procedimientos de mediación y arbitraje.

7. Formación. En la cuenta de formación, se recogerá toda la formación profesional acreditable oficialmente, tanto la vinculada al Catálogo de Cualificaciones Profesionales como la referida a las titulaciones universitarias. Además, el permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo podrá acumularse por un período de hasta cinco años.

8. Discapacidad. Se establecen medidas de apoyo al mantenimiento y fomento del empleo e personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo. Se prevé un derecho preferente a la movilidad geográfica de los trabajadores con discapacidad con el fin de recibir un tratamiento de rehabilitación en otra localidad.

9. Obligaciones impuestas al Gobierno. El Gobierno remitirá, en un plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de la Ley, de un Proyecto de Ley de promoción de la inclusión laboral de las personas con discapacidad. Asimismo, antes del 1 de enero de 2014, aprobará un proyecto de ley que actualice la regulación del régimen de las empresas de inserción.

10. Otros. Extensión de la regulación específica de los contratos mercantiles y de alta dirección también al sector público autonómico y local. También se realizan mejoras técnicas en relación con la tipificación de infracciones en relación con no informar a los trabajadores a distancia de vacantes existentes en la empresa o sobre el incumplimiento de los procedimientos en la modificación sustancial de condiciones de trabajo y en los ERE.

Acceso Documento "Cambios introducidos en el Proyecto de Ley de Medidas urgentes para la Reforma del mercado Laboral en el Trámite de Enmiendas, en el Congreso de los Diputados"

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