Comienza el plazo para que los proveedores consulten si están incluidos en el nuevo Plan de Pago

Los proveedores con facturas pendientes de la Administración ya pueden consultar si están incluidos en el nuevo Plan para erradicar la Morosidad contemplado en el Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio, y que en su primer tramo está destinado a pagar obligaciones pendientes de conciertos sanitarios, educativos y de servicios sociales, convenios de colaboración, transferencias al Tercer Sector, subvenciones a centro tecnológicos, proveedores de universidades, y transferencias a Entidades locales con proveedores pendientes de pago.

Facturas de las Entidades Locales

Concluido el plazo del pasado día 19 para la remisión de relaciones certificadas por las entidades locales de obligaciones pendientes de pago que cumplan los requisitos del Real Decreto-ley 8/2013, y realizadas las comprobaciones pertinentes por el Ministerio, 3.843 entidades locales han remitido deudas por importe de 1.955.446.831 euros, correspondientes a 424.181 facturas y 52.028 proveedores.

De éstos 17.419 son autónomos (58.211 facturas), 34.090 Pymes (215.610 facturas) y 519 grandes empresas (150.360 facturas), con importes de 103.286.608, 987.240.135 y 864.920.088 euros,  respectivamente.

Es decir, de cada 100 proveedores con facturas pendientes presentadas por las Entidades Locales, 33 son autónomos, 65 a pymes y 1 grandes empresas.

Facturas de las Comunidades Autónomas

Las Comunidades Autónomas han presentado 181.211 facturas pendientes por un importe total de 3.507.940.265,11 euros.

Estas cifras provisionales no serán definitivas hasta que los proveedores comprueben las relaciones presentadas, a partir de ahora los contratistas deben comprobar si sus facturas, correspondientes a las modalidades incluidas en este tramo, han sido presentadas por las Administraciones Territoriales, y en caso contrario, solicitar un certificado individual para que se incluya.

Transparencia para los Subcontratistas

Igualmente y por primera vez, los subcontratistas y resto de acreedores de los proveedores con facturas pendientes de lasAdministraciones pueden conocer ya si sus deudores van a cobrar sus deudas con las Administraciones a través de este mecanismo, y en qué momento. Para ello, sólo tienen que acceder, a través de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con su certificado electrónico, e introducir su NIF y el del contratista con el que exista una relación declarada en los modelos 347 o 340.

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