El DOE publicó ayer el Decreto, aprobado recientemente en el Consejo de Gobierno, que establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Entre las novedades, se ha aumentado el número máximo de trabajadores, hasta 50, que han de tener las entidades beneficiarias, para que puedan optar a estas ayudas un mayor número de empresas, sin renunciar al concepto de pequeña y mediana empresa, a la que van dirigidas principalmente estos incentivos.
Estas ayudas, que se adaptan al VII Plan de Actuación para la Prevención de Riesgos Laborales en Extremadura entre 2016-2019, son más eficientes, ya que garantizan un procedimiento más ágil para los potenciales beneficiarios, e incluyen nuevas actuaciones y gastos subvencionables.
En este sentido, se introducen tres modalidades nuevas, con el fin de dar cobertura a un mayor número de necesidades en materia de seguridad y prevención de riesgos derivados del trabajo, especialmente para los colectivos con un nivel más elevado de exposición al riesgo o a agentes nocivos y contaminantes.
Entre esas nuevas actuaciones subvencionables figuran las inversiones que se realicen para la adaptación y mejora de las condiciones de trabajo en puestos ocupados por trabajadoras embarazadas, o en período de lactancia.
También se encuentran en este grupo la adquisición de equipos cuya función sea evitar o reducir la manipulación manual de cargas por los trabajadores y la retirada de materiales con amianto existentes de los centros de trabajo en los que la empresa solicitante desarrolle habitualmente su actividad; e, igualmente se matizan en el nuevo Decreto las actuaciones no subvencionables, acotando con mayor precisión las materias e inversiones excluidas.
De esta forma, se trata de una medida de fomento con la que se incentivan las actividades de los particulares que colaboren en la consecución de un fin de carácter público, como es la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y la reducción de la siniestralidad laboral en Extremadura.
BENEFICIARIOS
Desde la Junta, se ha señalado que podrán ser beneficiarios de estas subvenciones tanto las personas como agrupaciones de personas físicas o jurídicas, siempre que tengan trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en Extremadura y realicen las inversiones objeto de las ayudas en centros de trabajo de la región. El plazo de presentación de solicitudes será como mínimo de 20 días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de cada convocatoria de la subvención en el Diario Oficial de Extremadura.
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