Reforma del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG)

El Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) de la Unión Europea es un instrumento comercial clave de la política comercial comunitaria de ayuda al desarrollo, que está basado en la concesión de reducciones arancelarias a los países que más lo necesitan. Por otro lado, gracias a este sistema las empresas europeas pueden diversificar sus fuentes de suministro y utilizar inputs más competitivos.

El nuevo Reglamento SPG revisa, adapta y actualiza el actual sistema con el fin de reflejar mejor la situación económica y comercial actual, que ha cambiado mucho desde 1971, fecha en la que se puso en marcha el sistema original.

Después de un año y medio de debates en el Parlamento Europeo y en el Consejo, el nuevo Reglamento que regula el SPG fue adoptado el 31 de octubre de 2012. El Reglamento entró en vigor a los 20 días, pero las nuevas preferencias arancelarias no entrarán en vigor hasta enero de 2014.

El último Reglamento SPG se aprobó, en un principio, para el período 2009-2011, pero fue prorrogado posteriormente hasta el 31 de diciembre de 2013. De esta forma se concedía tiempo suficiente para la revisión del SPG a la vista de un procedimiento legislativo más largo introducido por el Tratado de Lisboa (codecisión entre Consejo y Parlamento Europeo)

El actual SPG comprende tres regímenes, a través de los que la UE concede beneficios comerciales, en forma de aranceles reducidos o nulos sobre las importaciones de mercancías.

El régimen SPG general concede a sus beneficiarios una exención arancelaria total para los productos no sensibles y en caso de los sensibles una reducción.

El régimen especial SPG+ concede exención de aranceles a aquellos países vulnerables que además hayan ratificado y apliquen efectivamente 27 Convenios internacionales sobre derechos humanos, laborales, medioambientales y de buen gobierno.

El régimen especial conocido como iniciativa EBA (Everything But Arms) concede exención total de aranceles a todos los productos originarios de los países menos adelantados (PMA), a excepción de las armas.

Además, el sistema incorpora los siguientes elementos:

Mecanismo de graduación: que permite la retirada a un país beneficiario de las preferencias para un determinado grupo de productos si éstos son suficientemente competitivos.

Mecanismo de retirada temporal: que permite retirar las preferencias a todos o a un grupo de productos en caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones exigidas a los beneficiarios.

Cláusula de salvaguardia: que permite restablecer los aranceles normales cuando las importaciones de algún producto de un país beneficiario pueden causar perjuicio grave a los productores de la UE.

Con la reforma se han introducido una serie de cambios, a continuación se resumen los principales elementos:

Países beneficiarios

Se reduce el número de países beneficiarios con el objetivo de que las preferencias vayan destinadas a aquellos países que realmente lo necesitan.

El nuevo Reglamento mantiene dos listas:

El Anexo Ique es la lista de potenciales beneficiarios y que incluye a todos los países en vías de desarrollo (153 países).

El Anexo IIes la lista en la que figuran los países que realmente se beneficiarán de las preferencias (89 países). Se han excluido los países con renta alta y renta media-alta durante tres años consecutivos. Además, se elimina el criterio de diversificación, de tal manera que se excluyen aquellos países de renta alta aunque tengan sus exportaciones poco diversificadas y además también se eliminan de esta lista aquellos países que tengan un acuerdo preferencial con la UE.

El Reglamento introduce dos períodos transitorios para la exclusión efectiva de los actuales beneficiarios.

Un período general que retrasa la aplicación de las preferencias hasta el 1 de enero de 2014 y que se aplicaría a los países de renta alta y media.

Un período transitorio de dos años que se aplicará:

-      A aquellos países que a fecha de la entrada en vigor del nuevo Reglamento, 20 de noviembre de 2012, hayan concluido acuerdos preferenciales y que todavía no estén en vigor. De esta forma se beneficiarán hasta 1 de enero de 2015, Colombia, Perú, Costa Rica y Panamá.

-      A aquellos otros que han sido clasificados como de renta media alta en 2010 o 2011 y que si continúan con esta renta durante tres años consecutivos serían excluidos del sistema. De esta forma, en 2015 saldrían: China, Ecuador, Tailandia y Maldivas y en 2016, Angola, Turkmenistán y Tuvalu.

 

Cobertura de productos

La lista de productos cubiertos experimenta una pequeña ampliación de tal manera que se introducen 15 nuevos productos en el régimen general y cuatro en el SPG+. Además las flores, el tabaco, el politereftalato y los aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido pasan de clasificarse sensibles a no sensibles.

Los tres regímenes del SPG

En el régimen general se observan pocos cambios, se reduce el número de beneficiarios que pasa a ser de 40 países, aunque todavía no es definitivo el número, dependiendo de los países que finalmente se acojan al SPG+ y el EBA se mantiene prácticamente inalterable.

En el régimen que se producen más cambios es en el SPG+. Se flexibilizan los criterios de entrada, de tal manera que se eleva el umbral de vulnerabilidad  al 2%  (antes eran del 1%); no se produce graduación a diferencia del sistema anterior y se puede solicitar la entrada en cualquier momento (antes las ventanas de entrada eran cada 18 meses).

En contrapartida se endurecen los requisitos que deben cumplir los países beneficiarios, pues tienen que demostrar irrefutablemente y con regularidad que aplican los 27 Convenios Internacionales.

Hay que destacar que los actuales beneficiarios del SPG+ deben solicitar, desde la entrada en vigor del Reglamento, su acceso a este régimen, ya que su condición no se prorroga automáticamente.

De este modo son potenciales beneficiarios todos los países del Anexo II, menos China, Colombia, India, Indonesia, Tailandia y Vietnam que no cumplen con los criterios de vulnerabilidad. Y son posibles nuevos beneficiarios Pakistán, Filipinas y Ucrania.

Graduación

El objetivo de la graduación que es no aplicar preferencias a productos altamente competitivos se mantiene, pero se introducen algunos elementos nuevos.

Se aplica sobre 32 grupos de productos, antes eran 21. Los umbrales de graduación se elevan, de tal manera que el valor medio de las importaciones de país beneficiario en la UE, durante tres años consecutivos, para un grupo de productos tiene que ser mayor del 17,5% de las importaciones totales bajo el SPG para ese grupo de productos. Y al 14% para el textil y confección. Y finalmente la graduación sólo se aplica al régimen general y no al SPG+ y al EBA.

Mejoras en los procedimientos

Se introducen procedimientos más transparentes para la retirada temporal de preferencias. Y se mejora el mecanismo de salvaguardia.

 

 

 

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