La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, y el presidente del Consejo General del Notariado, José Manuel García Collantes, firmaron ayer un Convenio de Colaboración entre ambas entidades, que se enmarca dentro del Plan de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, y que supone un paso importante en la lucha contra el fraude social.
A través del presente Convenio el Consejo General del Notariado pone a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, órgano encargado de luchar contra el fraude en las materias propias del Ministerio de Empleo, toda la información de que dispone con el fin de combatir el fraude en materia de empleo irregular.
En particular, se establecen los procedimientos telemáticos precisos entre ambas instituciones, para agilizar la recepción y el suministro de la información del Índice Único informatizado, tras las solicitudes concretas de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el ámbito de la supervisión y la inspección.
Para posibilitar este acceso se ha modificado el artículo 9 de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a través de la Ley 13/2012, de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social. Esta herramienta legal, que deriva asimismo del Plan de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, se configura como un instrumento trascendental para lucha contra estas conductas fraudulentas que perjudican a todos los ciudadanos.
Acceso a todos los documentos
Esto supone un paso trascendental en la cooperación institucional que permitirá a la Inspección de Trabajo acceder de modo rápido y eficaz al contenido de todos los documentos que reflejan los actos jurídicos en los que hayan intervenido los notarios, desde que se incorporaron al Índice Único, como instrumento eficaz para la lucha contra el fraude.
Mediante este acceso se obtendrá información fundamental para la función inspectora, como la referente a la composición de órganos de administración de sociedades, la intervención en compraventa de acciones y participaciones sociales, la constitución de hipotecas, apoderamientos, y, en general, para determinar la efectiva titularidad y gestión de las empresas.
De esta manera, se facilitará la investigación de supuestos complejos de fraude, tales como los constituidos por las denominadas “empresas ficticias”, y se contará con un instrumento de indudable utilidad para determinar la existencia de casos de derivación de responsabilidad por deudas a la Seguridad Social, cuando se produzcan sucesiones empresariales o para declarar la existencia de grupos de empresas no transparentes.
Plan de lucha contra el fraude
En el Plan de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, aprobado por el Consejo de Ministros el 27 de abril de 2012, se articulan una serie de medidas y reformas normativas que, o bien se han adoptado ya, o bien, se hará próximamente.
Para la consecución de los objetivos, el Plan despliega un ambicioso conjunto de actuaciones de diferente índole, de las cuales destaca el reforzamiento de las relaciones institucionales en la lucha contra el fraude.
Uno de los principales pilares de esta cooperación institucional es la colaboración entre las distintas administraciones públicas para alcanzar un objetivo fundamental: el tratamiento integral en la lucha contra el fraude.
El objetivo del Plan es dar respuesta a la necesidad de intensificar las actuaciones tendentes a afrontar determinadas conductas insolidarias e injustas, que generan efectos muy negativos para la sociedad en general, tales como el deterioro de los derechos laborales y sociales de los trabajadores; la reducción de los ingresos en los recursos económicos del sistema de la Seguridad Social; y la injusta competencia desleal con respecto a las empresas, emprendedores y trabajadores autónomos, cumplidores de sus obligaciones legales.