El Gobierno aprobará próximamente un Real Decreto que desarrollará la metodología para el cálculo del período medio de pago a los proveedores de las administraciones públicas, y las condiciones y el procedimiento para la retención de recursos del sistema de financiación y el pago directo por la Administración General del Estado a los proveedores de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, derivado del incumplimiento reiterado del plazo máximo de pago por las administraciones, como desarrollo de la Ley Orgánica 9/2013, de control de la deuda comercial en el sector público.
Además de dar cumplimiento al mandato que establece la disposición final segunda de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se procede así a implementar una de las propuestas del informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), que señala que el desafío de controlar la deuda comercial y erradicar la morosidad de las administraciones públicas exige crear un instrumento, público, automático y de fácil aplicación que permita un control generalizado y eficaz, y que sea comprensible tanto para las administraciones públicas como para los ciudadanos.
En este sentido, cabe señalar que el período medio de pago definido en este proyecto de Real Decreto mide el retraso en el pago de la deuda comercial en términos económicos, sin perjuicio del periodo legal de pago establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
El cálculo del periodo medio de pagos se basará fundamentalmente en la información obrante en el registro contable de facturas creados tras la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. Este control informatizado y sistematizado de las facturas favorecerá un seguimiento riguroso de la morosidad a través de este indicador, el periodo medio de pago, que visualizará el volumen de deuda comercial de las Administraciones y permitirá, llegado el caso, aplicar los nuevos mecanismos previstos la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en la que el control de la deuda comercial forma parte del principio de sostenibilidad financiera.
Principales objetivos
Los principales objetivos que se persiguen con esta reforma son:
- Erradicar la morosidad de las administraciones públicas y sentar así las bases de un cambio estructural en su funcionamiento.
- Controlar y reducir la deuda comercial de las administraciones públicas, evitando la acumulación de retrasos de facturas a los proveedores.
- Suministrar liquidez a las empresas mediante una reducción de los periodos medios de pago.
- Incrementar la transparencia en el cumplimiento por parte de las administraciones públicas del plazo de pago a los proveedores.
- Reforzar el cumplimiento de la normativa europea en materia de lucha contra la morosidad.
- Aumentar la eficiencia en la gestión de las administraciones públicas contribuyendo así a la mejora de su sostenibilidad.
Este proyecto supone un paso más en la ejecución de las reformas estructurales previstas en el Plan de erradicación de la morosidad en el sector público, pues permite contar con una herramienta de seguimiento eficaz, los periodos medios de pago a proveedores, para controlar y reducir la deuda comercial de las administraciones públicas.