Convocatoria de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2014, con una dotación económica de 750.000 euros. La orden de convocatoria incluye ayudas para la contratación indefinida de las personas con discapacidad a tiempo completo que alcanzan los 7.000 euros. En el supuesto de que la jornada sea a tiempo parcial, la cuantía será reducida proporcionalmente a dicha jornada.

Además, se convocan ayudas destinadas a la transformación de contratos temporales de fomento del empleo, contratos en prácticas, o para la formación, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, en contratos indefinidos celebrados con trabajadores con discapacidad.

El importe de la subvención en este caso será de 4.500 euros por cada transformación en indefinido realizada a jornada completa. La cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente si la jornada es a tiempo parcial.

Por último, para la contratación temporal de trabajadores con discapacidad la ayuda es de 1.000 euros por cada contratación, que se reducirá proporcionalmente en el caso de que la jornada sea a tiempo parcial.

Convocatoria de subvenciones destinadas a la conciliación de la vida familiar y laboral de los trabajadores autónomos y a los empleadores de personas empleadas de hogar

El Consejo de Gobierno autorizó la convocatoria de subvenciones destinadas a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral de los trabajadores autónomos y a los empleadores de las personas empleadas de hogar, por importe de 840.000 euros.

La orden de convocatoria incluye dos programas de subvenciones. El Programa I, dotado con 310.000 euros, está dirigido a facilitar el mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento preadoptivo o permanente o riesgo durante la lactancia natural.

La ayuda en este caso será el equivalente al coste salarial y de seguridad social derivado de la contratación efectuada para el mantenimiento de la actividad de la persona trabajadora autónoma, con el límite de 1.000 euros al mes.

El Programa II, dotado con 530.000 euros, está dirigido a la contratación de personas empleadas de hogar así como para el mantenimiento de dicha contratación, como medida de conciliación de la vida personal, laboral y familiar.

En este caso, la cuantía de la ayuda estará determinada en función de la base de cotización a la Seguridad Social, siendo la cuantía mínima de ayuda 200 euros y la máxima 1.200.

 

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