El Consejo de Gobierno autorizó la convocatoria para el ejercicio 2014 de las subvenciones para el Fomento del Autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, reguladas por el Decreto 68/2013, de 7 de mayo de 2013, con una dotación económica de 27.169.000 euros.
El decreto que regula estas ayudas distingue entre el Programa I (Ayudas al establecimiento de desempleados como trabajadores autónomos) y el Programa II (Ayudas al autónomo que propicie la inserción laboral de un familiar colaborador), ambos en las modalidades de “Subsidiación de préstamos convenidos” y de “Subvención directa”.
La vigencia de la convocatoria se inicia el mismo día de publicación de la orden en el Diario Oficial de Extremadura y finaliza el 31 de agosto de 2015.
Por lo que respecta a la cuantía de las subvenciones, serán de 7.500 euros para mujeres desempleadas, varones desempleados discapacitados, varones desempleados menores de 30 años y varones desempleados de 50 o más años.
Las ayudas se cifran en 5.000 euros para desempleados en general que no se encuentren encuadrados en el apartado anterior. Por otra parte, los solicitantes de la ayudas del Programa I, en la modalidad de subsidiación de préstamos convenidos y que reúnan los requisitos establecidos en el decreto de bases reguladoras para acceder a las ayudas, tendrán derecho a una cuantía adicional por importe de 345 euros.
Asimismo, los solicitantes de la ayudas del Programa I que hayan de cumplir con el requisito de disponer de un Plan de Negocio de la actividad emprendedora, y que reúnan el resto de requisitos establecidos en el decreto, tendrán derecho a una cuantía adicional de 200 euros, siempre que el tutor del Plan de Negocio sea un economista colegiado y que el coste del servicio sea de, al menos, 200 euros.