El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha remitido a los interlocutores sociales el Proyecto de Orden que desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, fondo de garantía salarial y formación profesional contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2015. El propósito es fijar, como cada año, las reglas básicas de cotización para los diferentes colectivos de trabajadores de acuerdo a la regulación contenida en los Presupuestos.
En concreto, el Proyecto detalla las bases mínimas y máximas de cotización por contingencias comunes del Régimen General. En este sentido, se contempla un incremento del 0,25% la base máxima. Además, y como viene siendo tradicional, se tienen en cuenta las particularidades de los regímenes especiales del Mar y el Carbón. Los tipos de cotización del Régimen General no varían respecto a 2014.
Como colectivos diferenciados, el Proyecto se hace eco de la regulación de bases de empleados del hogar, trabajadores a tiempo parcial, personas con un contrato para la formación y el aprendizaje y de quienes están en desempleo, entre otros.
Reducciones en las actividades del hogar y venta ambulante
Cabe destacar que las reglas de cotización previstas para los trabajadores del hogar cumplen el calendario previsto en la ley 27/2011 sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Se mantiene la regulación relativa a la reducción a aplicar en la cuota por contingencias comunes de este colectivo, pues quedó prorrogada en los Presupuestos para 2015.
Los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicados a la venta ambulante que hayan quedado incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos tendrán derecho durante 2015 a una reducción del 50 por 100 de la cuota a ingresar.
También tendrán derecho a esa reducción los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicados a la venta ambulante que hayan iniciado su actividad y quedado incluidos en el citado Régimen Especial a partir del 1 de enero de 2009.
Finalmente, el Proyecto de Orden contempla la vigencia de los principales grupos de coeficientes reductores, tales como el aplicable a las empresas colaboradoras en la gestión de la incapacidad temporal y los específicos para determinar la cotización en los supuestos de convenio especial.
Balance económico
Por aplicación de los contenidos de este Proyecto de Orden los ingresos por cotizaciones sociales previstos en el Presupuesto de la Seguridad Social para el año 2015 se estiman en 109.833,30 millones de euros. En concreto, 94.774,64 millones de euros corresponden a contingencias comunes; 7.094,16 millones de euros a contingencias profesionales; 7.805,42 millones de euros a desempleados y 159,08 millones de euros a cese de actividad de trabajadores Autónomos.