La Junta convoca ayudas a proyectos dirigidos a la promoción internacional del vino

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado la orden de convocatoria de ayudas para financiar los programas de promoción del vino en mercados de terceros países del sector vitivinícola de la Comunidad Autónoma de Extremadura, presentados y aprobados en el ejercicio FEAGA 2018, con un importe de 350.600 euros para las anualidades 2017 y 2018.

La medida de promoción persigue fomentar el conocimiento de las características y cualidades de los vinos españoles, con el fin de contribuir a la mejora de su posición competitiva y a la consolidación o, en su caso, a la apertura de nuevos mercados, en terceros países. En la gestión de esta medida, y dentro del marco de sus competencias, participarán tanto la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, como las comunidades autónomas.

Estas ayudas están dirigidas a las empresas vinícolas, las organizaciones de productores vitivinícolas y sus asociaciones, y organizaciones interprofesionales, así como las organizaciones profesionales y grupos del sector además de  las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.

Las medidas de promoción, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español, abarcan tanto a los vinos con denominación de origen protegida, y a los de indicación geográfica protegida como a los vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.  El plazo de presentación de solicitudes es de diez días, contados desde mañana jueves, día 31 de agosto.

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

Según la convocatoria publicada en el DOE, serán subvencionables las acciones de los programas que hayan sido aprobadas por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural y se realicen en periodos de doce meses, que comenzaron el 1 de junio de 2017.

 Para cada periodo de programación, los programas podrán tener una duración máxima de tres años por beneficiario y país. No obstante, podrán ser prorrogados por un periodo no superior a dos años, previa solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.4 del Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre.

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