Gracias al III Plan de Empleo Social se estima que se podrá atender a 4.000 personas que estén en situación de desempleo. Además, en esta nueva edición el programa se ha renovado para extender su protección a un mayor número de personas y para dar mayor flexibilidad a las entidades locales a la hora de hacer las contrataciones.
Hasta el momento, sólo podían acceder a las contrataciones generadas por el Plan de Empleo Social las personas desempleadas que no percibieran ningún tipo de prestación o subsidio por desempleo. Ahora, se seguirá dando prioridad a las personas desempleadas de larga duración, pero que no cobren prestaciones contributivas por desempleo.
Además, ahora el cómputo de la unidad familiar de convivencia se va a cuantificar por el Salario Mínimo Interprofesional (707 euros), mientras que hasta ahora se calculaba en función del IPREM (532 euros). Por lo que se aumenta entorno a unos 200 euros el umbral económico para que uno de los miembros de una familia pueda optar a un puesto de trabajo del Plan.
Esto último se ha modificado para adaptarnos al máximo a la realidad social actual de las familias extremeñas, ya que, en sólo dos años, la tasa de personas que no perciben ningún tipo de prestación se ha reducido en más de 10 puntos en Extremadura, del 45 por ciento al inicio de la actual legislatura, al 34 por ciento actual. Esta reducción del número de personas sin protección social, auspiciada por todas las acciones puestas en marcha por la Junta de Extremadura desde las distintas consejerías en estos dos años, ha hecho necesario que las políticas se tengan que readaptar para seguir beneficiando a la sociedad extremeña y protegerla frente a situaciones de exclusión social.
UN PLAN MÁS FLEXIBLE
El Plan de Empleo Social se ha modificado para dar mayor flexibilidad a la hora de hacer las contrataciones los municipios y a las entidades locales menores. Así, se permitirá la reducción de jornada en las contrataciones de las entidades locales, con un límite del 70 por ciento de la misma y siempre que éstas justifiquen tener dificultades económicas para efectuar la totalidad de los puestos de trabajo que les corresponden a jornada completa. Para poder acogerse a esta excepción las entidades deberán solicitar y realizar la totalidad de los puestos de trabajo que se le asignen en el reparto que se adjunta a la convocatoria, en función de las personas desempleadas y la población en edad laboral de cada municipio o entidad local menor. Eso sí, manteniendo siempre unas garantías de calidad en el empleo y fomentando la lucha contra la precariedad laboral por parte de las tres administraciones implicadas: la Junta, la Diputación de Cáceres y la Diputación de Badajoz. En el anterior plan todas las contrataciones debían ser a jornada completa.
El nuevo Plan de Empleo Social establece también que las entidades locales podrán hacer tantos procesos de selección de aspirantes como periodos de contratación establezca la resolución de la concesión, así como adaptar este trámite a sus necesidades organizativas en un solo proceso de selección.
Además, las personas que sean contratadas por las entidades locales realizarán sesiones de orientación durante su contrato. Estas sesiones estarán enfocadas a promover su motivación hacia el empleo y el autoempleo para que estos beneficiarios se puedan reinsertar después en el mercado laboral. Las impartirán profesionales del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), en coordinación con los propios ayuntamientos y entidades locales menores y serán obligatorias.
DOS PROGRAMAS
Dos programas incluye el Plan de Empleo Social. El Programa I está dirigido a los municipios y las entidades locales menores, mientras que el Programa II está pensado para que las empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro puedan también participar en un plan de empleo promovido por administraciones públicas.
Programa II: Entidades privadas sin ánimo de lucro, empresas de economía social, Pequeñas y Medianas Empresas, según la consideración de la Unión Europea, incluido autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades mercantiles, agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad así como profesionales colegiados , que estén radicados en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o, al menos, algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles para el Programa I a contar desde hoy, 25 de septiembre hasta el 6 de octubre de 2017; y de 30 días hábiles para el Programa II, a contar desde hoy, 25 de septiembre y hasta el 7 de noviembre.
Las solicitudes deberán registrarse en las oficinas de registro del Servicio Extremeño Público de Empleo, o en cualquiera de las oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.