¿En qué consistirá el régimen sancionador? Se impondrán multas a las compañías que incumplan la Ley de Morosidad de manera reiterada. En España se mueve un crédito comercial rayando en los 200.000 millones de euros anuales. De esa cantidad, un 60% se abona tarde a los proveedores (en la UE la media ronda el 30%). El sector privado tarda en pagar las facturas a sus proveedores 77 días, de media, 17 por encima de lo legal, que son 60 días. Las medias aritméticas suelen ser engañosas. Los periodos medios de pago de algunas grandes compañías se disparan. El último informe sobre la morosidad de las constructoras del Ibex marcaba plazos desde 181 hasta 536 días. Es decir, de entre seis y nueve veces lo legal. El proveedor recuperará el IVA cuando no le paguen
La patronal CEOE ha propuesto una enmienda para que los proveedores recuperen el IVA de las facturas que no cobren en 90 días. Hasta ahora, ellos adelantaban el importe de este impuesto a Hacienda, antes de cobrar el importe del bien o servicio que hubieran comercializado. Es decir, no sólo no les pagaban por el trabajo, sino que tenían que pagar ellos. Esto supone un enorme alivio para las pymes, ya que, cada vez que no les abonen las deudas en un plazo de tres meses, al menos recuperarán algo de liquidez.
Los peores pagadores
No en vano, las grandes compañías son, con mucho, las peores pagadoras. Las compañías que tienen entre 250 y 1.000 trabajadores y las de más de 1.000 no satisfacen sus deudas con sus proveedores hasta los cuatro meses (110 días de media de espera y 114, respectivamente). Casi el doble de los 60 que estipula la ley como tope.