El principal objetivo de esta medida es el apoyo a las acciones de promoción y dinamización del comercio urbano, para de esta manera, atraer a los consumidores e incentivar la demanda y el consumo interno, incidiendo en el asociacionismo como clave para convertir las áreas comerciales en centros comerciales urbanos.
Tendrán la consideración de gastos elegibles los relacionados con el desarrollo de la actividad, tales como publicidad en medios de comunicación; cartelería, folletos, incluyendo los gastos de diseño, imprenta y reparto; y arrendamiento de bienes y equipos (carpas, stands, megafonía, etcétera).
También se incluye la contratación externa para determinadas actividades como animación, vigilancia o seguridad, limpieza, seguros y montaje de instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad.
Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a su publicación en el DOE hasta el 1 de octubre de 2018, siendo el plazo máximo para la justificación el 15 de noviembre. Las ayudas consistirán en una subvención del 80% de la actividad subvencionable.