Aprobado el proyecto de Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Extremadura

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La Asamblea de Extremadura iniciará la tramnitación del proyecto de Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Extremadura. El objetivo básico de este texto es el establecimiento de una regulación genérica que recoja los aspectos básicos de aplicación a todos los espectáculos públicos o actividades recreativas que se desarrollen en el territorio de la Comunidad Autónoma para que se puedan llevar a cabo adecuadamente y salvaguardando la seguridad y la integridad de los ciudadanos.
Pese a que el Estatuto de Autonomía otorga a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de espectáculos públicos, hasta ahora, salvo normas de carácter sectorial y dos disposiciones autonómicas, los espectáculos públicos y actividades recreativas han estado regulados por la normativa estatal.
Cabe recordar, además, que en 2016 se aprobó en Extremadura la Ley de Régimen Sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas para cubrir el vacío legal que se produjo tras la aprobación a nivel estatal de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana y la derogación de la norma de 1992 que incluía el régimen de infracciones y sanciones administrativas.
Todos estos cambios, unidos a los que ha experimentado la sociedad, exigían la aprobación de un nuevo proyecto de ley que vele por el interés general.
El texto aprobado ayer por el Consejo de Gobierno incluye una regulación genérica que concilia la importancia social del ocio y su trascendencia económica con el derecho al descanso, el derecho de las personas consumidoras y usuarias, la seguridad y la salubridad pública, el respeto al medio ambiente, la preservación del patrimonio histórico-artístico y cultural, el respeto a los animales y la protección de la salud y de la infancia y la adolescencia, así como el desarrollo de una política activa frente a actitudes sexistas, racistas y xenófobas.
Nace con una clara vocación descentralizadora hacia los ayuntamientos, lo que se plasma en las amplias potestades que les confiere, tanto en la intervención administrativa previa como en las facultades de inspección, control y carácter sancionador.
Entre las novedades que incorpora este texto normativo, cabe destacar que promueve una coordinación eficiente entre las administraciones públicas, una función que tendrá atribuida el Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Extremadura, como órgano consultivo de colaboración, estudio, coordinación y asesoramiento.
Asimismo, se crean los registros locales y autonómicos de personas titulares de establecimientos públicos y de instalaciones dedicadas a espectáculos públicos y actividades recreativas, así como las personas prestadoras de los mismos.
Se prohíben las atracciones de feria giratorias con animales vivos y atados y otras similares. En este sentido, se prohíbe también la instalación de circos que cuenten con animales salvajes en cautividad, con independencia de su exhibición o no en los espectáculos que organicen.
Por otra parte, se prohíbe la venta y reventa de entradas por un precio superior al anunciado, a excepción de los supuestos de venta comisionada autorizada, cuyo recargo no podrá sobrepasar el 20 por ciento.
El proyecto de ley contempla un régimen sancionador de entre 50 y 600.000 euros en función de la infracción (muy grave, grave o leve).

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