Decreto de financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrarias, ganaderas y apícolas
La sensibilidad de estos sectores los hace vulnerables a factores climatológicos, fitopatológicos y relacionados con los mercados, que pueden comprometer, en ocasiones, la viabilidad de muchas explotaciones tradicionales que cuentan con unos márgenes de rentabilidad bastante ajustados.
A esta situación habitual hay que sumar la sequía padecida a lo largo del año hidrológico 2016-2017, las fuertes tormentas de lluvia, pedrisco y viento en los meses de enero y febrero del pasado año, unido a importantes heladas en el interior de la península en el mes de marzo, un mes de abril extremadamente seco y caluroso, y una ausencia de lluvias que prácticamente se ha prolongado durante el resto del año 2017.
Especial situación de dificultad están soportando las explotaciones ganaderas de la región, que han tenido que recurrir a suplementos alimenticios de los animales prácticamente durante todo el año, con unos productos que, por su escasez, están alcanzando unos precios desorbitados, a lo que hay que añadir las dificultades del ganado a la hora de abrevar.
Consciente la Administración de la grave situación, considera oportuna la instrumentación de mecanismos compensatorios dirigidos a aminorar los costes financieros de las operaciones de préstamo necesarias para dotar a las explotaciones de liquidez, en particular a las explotaciones profesionales, ya sean agrarias prioritarias o que cuenten con la figura de agricultor/ganadero a título principal (ATP).
Las subvenciones que se regulan en este decreto consisten en la subsidiación de intereses de préstamos para la adquisición de circulante a titulares de explotaciones agrícolas de cereal, olivar y viña de secano, así como a titulares de explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino y explotaciones apícolas que tengan reconocida por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio la condición de ATP o de explotación agraria prioritaria a 31 de diciembre de 2017.
El préstamo formalizado con derecho a subvención será de entre 3.000 y 40.000 euros por titular de explotación agraria.
La subvención consistirá en la subsidiación, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, del tipo de interés del préstamo subvencionable, que será fijo y como máximo del 1,5 por ciento.