Las normas comunes de la UE en materia de IVA, aprobadas por todos los Estados miembros en 1992, ya no se adaptan a la situación y son demasiado restrictivas. Dichas normas permiten a los Estados miembros aplicar tipos del IVA reducidos únicamente a unos cuantos sectores y productos. Al mismo tiempo, los países de la UE sufren presiones para que algunos bienes reciban un trato más favorable que otros en lo que respecta al IVA. La Comisión cumple su compromiso de conceder mayor autonomía a los Estados miembros en materia de tipos. A partir de ahora, los países estarán más cerca de unas condiciones de igualdad en lo que se refiere a algunas excepciones contempladas en la normativa, conocidas como excepciones en materia de IVA. La Comisión también aborda el problema de las empresas más pequeñas que afrontan unos costes de cumplimiento de la normativa en materia de IVA desproporcionados. Las empresas que operan en otros países soportan unos costes de cumplimiento superiores en un 11 % a los de las empresas cuya actividad es solo nacional, viéndose más afectadas las empresas más pequeñas. Esto está resultando un auténtico obstáculo para el crecimiento, ya que las pequeñas empresas representan el 98 % de todas las empresas de la UE. Por ello, proponemos que se permita a más empresas disfrutar de las ventajas de una normativa en materia de IVA más simple, a la que por el momento solo pueden acogerse las empresas más pequeñas. Los costes de cumplimiento en materia de IVA se reducirán globalmente un 18 % al año. Valdis Dombrovskis, Vicepresidente responsable del Euro y del Diálogo Social, ha declarado: «Hace tres meses, la Comisión presentó la mayor reforma de la normativa en materia de IVA de la UE del último cuarto de siglo con vistas a establecer un régimen de IVA definitivo. Ha llegado el momento de que propongamos unas normas más eficaces en relación con los tipos del IVA y las pequeñas empresas, las cuales implicarán ventajas para millones de pequeñas empresas y consumidores en la UE». Pierre Moscovici, comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas, ha declarado: «Los Estados miembros se han visto sometidos a una presión creciente ejercida por las empresas y los grupos de intereses para que modifiquen los tipos del IVA en favor de sectores determinados. Sin embargo, la falta de margen de maniobra en nuestras normas actuales significa que la atención se centra a menudo en dilucidar a qué producto o servicio podría aplicarse un tipo reducido, en lugar de centrarse en la brecha abierta en nuestros presupuestos debido al fraude en materia de IVA. La propuesta presentada hoy concederá a los Gobiernos una flexibilidad máxima para fijar los tipos del IVA según lo deseen, lo que nos permitirá concentrarnos en abordar el problema más importante que constituye el fraude en materia de IVA». Más flexibilidad Los Estados miembros pueden aplicar actualmente un tipo reducido no inferior al 5% a dos categorías distintas de productos. Una serie de Estados miembros también aplican tipos superreducidos en el marco de excepciones específicas. Además del tipo normal del IVA del 15 %, los Estados miembros podrán ahora establecer:
- dos tipos distintos entre el 5 % y el 15 %,
- un tipo entre el 0 % y el 5 %,
- un tipo del 0 en% («tipo nulo») (bienes exentos del IVA).
- La compleja lista actual de bienes y servicios a los que pueden aplicarse tipo reducidos se derogará y será sustituida por una nueva lista de productos (tales como armas, bebidas alcohólicas, juegos de azar y tabaco) a los que siempre se deberá aplicar el tipo normal del 15% o un tipo superior;
- Con el fin de preservar los ingresos públicos, los Estados miembros también deberán garantizar que el tipo medio ponderado del IVA sea de como mínimo el 12%.
- un límite máximo de dos millones EUR de ingresos bajo el cual las pequeñas empresas podrían acogerse a medidas de simplificación (tales como una simplificación del registro en materia de IVA, de la facturación y de las obligaciones de llevanza de registros), hayan sido o no exentas del IVA;
- la posibilidad para los Estados miembros de liberar a las pequeñas empresas exentas del IVA de las obligaciones en materia de IVA en relación con la identificación, la facturación, la contabilidad y las declaraciones;
- un límite máximo de volumen de negocios de 100 000 EUR que permita a las empresas que operen en más de un Estado miembro acogerse a la exención del IVA.
- Estas propuestas legislativas se presentarán ahora al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo a efectos de consulta, y al Consejo para su adopción.