Se subvencionarán actividades como la asistencia técnica a los apicultores y a organizaciones de apicultores, la lucha contra las agresiones y enfermedades de las colmenas, en particular la varroasis, y la racionalización de la trashumancia.
También se considerarán subvencionables las medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de los productos apícolas para ayudar a los apicultores a comercializar y a valorizar sus productos, así como las actuaciones para mejorar la calidad de los productos con objeto de explotar su potencial en el mercado.
Por su parte, podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que sean titulares de una explotación apícola y que tengan inscritas las colmenas en el registro de explotaciones agrarias (REXA), además de las cooperativas apícolas de primer y segundo grado y las organizaciones de apicultores con personalidad jurídica propia.
Además, el número de colmenas subvencionables no podrá ser superior al número de colmenas censadas a 31 de diciembre de 2017, sin que se puedan superar las 500 colmenas, salvo excepciones contempladas en la normativa. Los beneficiarios de las subvenciones están obligados a realizar, al menos, un tratamiento al año frente a la varroasis.
Por otro lado, las cooperativas de primer y segundo grado y las organizaciones de apicultores con personalidad jurídica propia que opten a estas ayudas deben tener entre sus fines principales la comercialización en común de sus productos y estar constituidas en un plazo de dos años anteriores a la presentación de la solicitud.