El objetivo último de estas subvenciones es elevar el nivel de las infraestructuras turísticas y ofrecer servicios con más valor añadido.
La normativa que regula estas ayudas establece seis modalidades de subvenciones, cinco de las cuales estarán destinadas a la mejora de la calidad en los alojamientos rurales; balnearios; empresas de actividades turísticas y de intermediación; alojamientos hoteleros y extrahoteleros; y empresas de restauración.
Asimismo, se añade otra línea de ayudas destinadas al fomento y mejora de las TIC en estas empresas.
Podrán optar a las ayudas las empresas turísticas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que hayan presentado ante la Administración la declaración responsable para el inicio y ejercicio de la actividad turística objeto de la subvención, en todos sus grupos y categorías.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva por convocatoria periódica, mediante la valoración de las solicitudes presentadas.
La cuantía de la subvención ascenderá al 50 por ciento de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 60.000 euros.