Publicadas las ayudas para el fomento de la calidad en el sector turístico de Extremadura

rotuloEl DOE ha publicado hoy la convocatoria de subvenciones para el fomento de la calidad en el sector turístico de Extremadura y para elevar el nivel de las infraestructuras turísticas de la región y la prestación de servicios con mayor valor añadido.
En concreto, se han abierto ayudas para las siguientes líneas:
  1. Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales.
  2. Mejora de la Calidad de los Balnearios.
  3. Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación.
  4. Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros.
  5. Mejora de la Calidad de la Restauración.
  6. Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico.
Según la convocatoria, tendrán la condición de beneficiarios las siguientes empresas:
  1. Empresas Turísticas que presten su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura que se indican a continuación, en todos sus grupos y categorías:
  2. a) Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales:
1) Casas rurales: casa rural, casa-apartamento rural y casa-chozo.
2) Hoteles rurales.
  1. b) Mejora de la Calidad de los Balnearios: balnearios.
  2. c) Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación:
1) Empresas de intermediación turística: agencias de viajes y centrales de reservas.
2) Empresas de actividades turísticas alternativas.
  1. d) Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros:
1) Alojamientos turísticos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario, hostales y pensiones.
2) Alojamientos turísticos extrahoteleros: apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo.
  1. e) Mejora de la Calidad de la Restauración: restaurantes, cafeterías, empresas de catering y salones de banquetes.
  2. f) Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico: balnearios y las empresas turísticas señaladas en los apartados a), c), d) y e) anteriores.
1.2. Balnearios ubicados en Extremadura.
  1. Las empresas a las que se refiere el apartado anterior, deberán adoptar alguna de las siguientes formas: personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de éstas, comunidades de bienes y sociedades civiles que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención.
La cuantía de la subvención será del 50 % (IVA excluido) de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 60.000 euros.
El importe total de la convocatoria es de cuatro millones de euros.
La solicitud de subvención se presentará dentro del plazo máximo de un mes, a contar desde mañana.

CURSOS DE FORMACIÓN

Encuesta.formativa
 

Ahora es el Momento

logoAULATRESweb
BANER CONVENIOS COEBA
EACTIVATE.BANNER HORIZONTAL
trenYa
GOBERNANZA.V2