El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica hoy la convocatoria de las subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2018.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones:
Programa I: Las profesionales colegiadas y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que contraten indefinidamente a mujeres en empleos masculinizados.
Programa II: Las profesionales colegiadas y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que trasformen contratos indefinidos a tiempo parcial suscritos por mujeres en contratos indefinidos a tiempo completo.
Programa III: Las profesionales colegiadas y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que contraten indefinidamente a mujeres que lleven más de 24 meses desempleadas después del nacimiento y/o adopción de un hijo/a.
Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas, que cumpliendo los requisitos y condiciones previstos, celebren los contratos.
El crédito total destinado a la financiación asciende a la cuantía de 300.000,00 euros.
Se establece una cuantía adicional para cada programa de ayudas, independientemente de las características de la contratación, que consistirá en incrementar en 1.000 euros el máximo de las cuantías que puedan ser concedidas en cada programa cuando se trate de empresas en las que a fecha de presentación de la solicitud, concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de Género, pese a no concurrir la obligación legal establecida en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Durante la vigencia de la convocatoria, que será de un año a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden y del presente extracto en el DOE, las personas beneficiarias deberán presentar la solicitud de las subvenciones dentro del plazo de dos meses, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación o de la transformación objeto de los beneficios.
Consulta la convocatoria AQUÍ.