El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en Extremadura, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 financiado por el FEADER.
Podrán acceder a estas ayudas jóvenes agricultores y agricultoras que se establezcan por primera vez como titulares de una explotación agraria. Podrán establecerse de forma individual o junto con otros agricultores y agricultoras en cualquier forma jurídica, lo que constituye una de las novedades que introduce este decreto.
Las personas solicitantes deberá contar con la capacidad y las competencias profesionales o académicas adecuadas en el momento de la solicitud y comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación, así como a cumplir lo previsto en el plan empresarial objeto de ayuda y a mantener las condiciones que dieron lugar a la concesión de la ayuda, al menos durante 5 años.
La ayuda consiste en una prima que comprende dos conceptos, la prima básica y los incrementos. La cuantía de la prima básica se establece en 15.000 euros, cantidad que se podrá incrementar hasta un máximo de 70.000 euros si el Plan Empresarial incluye la previsión de gastos para la puesta en marcha de la explotación o cualquiera otra de las circunstancias que se detallan en el decreto.
Entre esas circunstancias se incluyen la contratación adicional de un trabajador o trabajadora agraria a jornada completa durante el periodo de compromisos; el hecho de que la totalidad de la explotación sea de producción ecológica; la participación en programas de I+D+i; o el que la totalidad de la explotación esté ubicada en una zona de montaña.
Además, entre los mecanismos articulados para la consecución de la igualdad efectiva de género destaca el apoyo a la titularidad compartida de las explotaciones agrarias, expresamente desarrollado en el decreto.
En este sentido, cobra especial relevancia la acción positiva consistente en introducir como criterio puntuable que la solicitud sea promovida por explotaciones de titularidad compartida, sirviendo esta circunstancia como regla de desempate de solicitudes con igualdad de puntos.
Todo ello, con la finalidad de promover una mayor participación de la mujer en este ámbito.