El CES alerta de que demoler Isla de Valdecañas traerá graves perjuicios económicos y sociales y ningún beneficio ambiental

valdecañas

El Consejo Económico y Social de Extremadura (CES), del que forma parte la Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX), ha elaborado un Dictamen en el que concluye que, en el caso de la sentencia sobre el núcleo residencial de Isla de Valdecañas, “la reversión a la situación previa tendría un mayor impacto negativo que el que se pretende corregir vía ejecución de la sentencia, siendo deseable que la resolución definitiva sea compatible, e incluso favorezca, un desarrollo equilibrado de la zona”.

 

Es decir, que la demolición de Marina Isla de Valdecañas no sólo tendría un escaso o nulo beneficio ambiental, sino que acarrearía graves daños económicos y sociales, tanto a las poblaciones del entorno (pérdida de empleo, despoblación, merma de ingresos municipales, emigración, etcétera) como a toda Extremadura (millonarios costes para la Administración en demoler las estructuras e indemnizar a los promotores, y pérdida de iniciativas de inversión por inseguridad jurídica).

Este Dictamen contó con el respaldo unánime de los miembros del CES.

En su primera parte, el Dictamen del CES analiza el supuesto daño ambiental generado por la construcción en cuestión, poniendo sobre la mesa dos cuestiones: los valores medioambientales también deben tener una consideración como posible recurso para mejorar la vida de las personas, y toda actuación humana tiene efecto en el ecosistema, hasta el punto de que puede afirmarse que el paisaje extremeño es fruto de la interacción humana con el medio, no un ecosistema primigenio.

Como evidencia más palmaria apunta a que el propio embalse de Valdecañas, en su construcción, tuvo un impacto claro en la transformación del medio ambiente.

Seguidamente, el Dictamen hace referencia a los supuestos valores ambientales de la isla previos a la construcción del núcleo residencial, aludiendo al propio informe de la Estación Biológica de Doñana, donde se apunta a que “el valor ambiental de la isla de Valdecañas no era extraordinario”, ya que “no destacaba por su calidad ambiental relativa” debido al intenso manejo humano en la zona, lo que lleva a que “la biodiversidad de la isla era probablemente menor que la del entorno”. Estas expresiones permiten asegurar que “no hay datos concluyentes que acrediten que la actuación urbanística ha incidido negativamente en la Isla de Valdecañas en relación a la situación medioambiental preexistente”, según el Dictamen.

DAÑOS ECONÓMICOS Y SOCIALES

Concluido que el daño ambiental es nulo o mínimo, el CES analiza el impacto económico y social de Isla de Valdecañas en el entorno, tomando como referencia principal a la población de El Gordo, que es la que más término municipal aporta a la urbanización.

Así, se constata con un simple análisis demográfico que la construcción de Isla de Valdecañas no solo ha roto la tendencia a la despoblación y el envejecimiento de esta localidad, sino que su impacto ha supuesto un incremento poblacional, sobre todo de personas de menos de 64 años, que ronda el 39% en apenas diez años. Además, el tipo de empleo generado en el complejo ha tenido un impacto positivo en la estructura por sexos, al reducir el proceso de masculinización que se da en muchas poblaciones rurales en declive.

Sin embargo, el Dictamen advierte de que, a partir de 2014, cuando se dicta la sentencia y se paraliza el complejo, la evolución demográfica vuelve a invertirse, y de nuevo aparece el fantasma de la despoblación, con un descenso poblacional de nueve puntos en cuatro años.

Por ello, el CES indica que la recuperación demográfica “no debería verse abortada por una concepción biologista del medio natural que considera a la especie humana como invasora de un ecosistema primigenio que no existe desde hace siglos, dándose además la contradicción de que, tratándose la mayor parte de nuestros ecosistemas de formaciones de génesis y evolución antrópicas, la expulsión del medio del as poblaciones conllevará la pérdida de estos y su degeneración a formaciones subseriales”.

Un segundo aspecto que analiza el CES es la pretensión de revertir el terreno al estado previo a la construcción del complejo. Aquí el Dictamen señala que no es posible valorar este coste, por lo complejo de un derribo de estas características y la supuesta rehabilitación, aunque sí se señala que el coste sería “no precisamente pequeño”. A ello habría que sumar las indemnizaciones a propietarios, inversores y promotores, multimillonaria, que a buen seguro debería afrontar la Administración regional, es decir, todos los extremeños.

Seguidamente, tras analizar el impacto en el empleo en la población de referencia –las afiliaciones a la Seguridad Social se han multiplicado por seis--, se entra a analizar qué ha supuesto Isla de Valdecañas en términos de recaudación municipal por IBI, que muestra otro de los impactos beneficiosos del complejo: la cuota por este impuesto ha crecido un 2.587% desde que empezó la construcción, hasta constituir ya la mitad de los ingresos del municipio.

Por último, en el Dictamen se apunta a que la demolición generaría “una inseguridad jurídica que puede transmitirse a futuros inversores en el territorio, al considerar que su proyecto industrial pueda venir afectado con posterioridad por normas no tenidas en cuenta en la autorización inicial de las actuaciones pertinentes”.

Con todas estas variables, el CES concluye que Isla de Valdecañas ha tenido un “impacto favorable en la zona” tanto desde el punto de vista económico como de generación de empleo y fijación de población, y añade que “siendo el medio ambiente un valor preservable”, no hay datos que acrediten que la actuación urbanística ha incidido negativamente en relación a la situación medioambiental preexistente.

Por ello, entiende que la pretendida reversión a la situación previa tendría un impacto negativo mayor que el que se pretende corregir.

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