La Agencia Tributaria recuerda las normas y consejos que deben tener en cuenta las pymes con relaciones comerciales en Reino Unido en caso de un Brexit duro

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Londres y Bruselas han logrado un acuerdo tras unas negociaciones maratonianas celebradas en los últimos días, pero aún tiene que ser ratificado por el Parlamento británico y la Eurocámara, por lo que la posibilidad de un Brexit duro es remota pero aún existe. Y podría tener graves consecuencias para miles de pymes, si no se llegara a un acuerdo que permita una salida paulatina.

La Agencia Tributaria ha actuado con previsión y ha publicado una serie de normas y consejos que se deben tener en cuenta en el caso de una salida abrupta.
 
¿Qué cambiaría?
Con el Brexit, las operaciones entre España y Reino Unido deberán estar reguladas por mayores controles aduaneros. En concreto, las pymes que realicen operaciones entre ambos países deberán presentar una declaración aduanera de importación y exportación o vinculación al otro país para cada envío. Además de tener que pagar los aranceles y demás impuestos. E incluso necesitar certificaciones sanitarias o de calidad para introducir las mercancías en el otro país.
 
Número EORI
Uno de los requisitos para poder realizar este tipo de operaciones es identificarse en la Aduana con un número de registro e identificación (número EORI), válido en toda la Unión Europea. Para evitar posibles problemas, la Agencia Tributaria ha asignado un número de este tipo a todas las empresas que realizaban hasta ahora operaciones con Reino Unido. Dicho número se puede consultar a través de la sede electrónica.
A su vez, para realizar operaciones las puede hacer la propia empresa o recurrir a algún representante legal. Si se opta por esta última opción, deben conocerse con tiempo la normativa y la operatividad aduanera. Por otro lado, hay mercancías que necesitarán una autorización antes de ser importadas o exportadas, lo que puede requerir de trámites previos con el Ministerio correspondiente. Las medidas aplicables dependen de la mercancía, y pueden consultarse en la base de datos TARIC, dependiente de la Comisión Europea.
 
 
Pago de impuestos
En cuanto al pago de impuestos, como el IVA, los envíos a Reino Unido están exentos, pero para ello hay que presentar la declaración aduanera. Pero si se trata de importaciones, se deberá liquidar el IVA de dichos bienes.
En el caso de los impuestos especiales, una vez salga Reino Unido de la Unión Europea, las expediciones de productos que acarreen impuestos especiales tendrán que acogerse a la normativa aduanera de la UE.
 

Acuerdo UE-Reino Unido

La Unión Europea y el Gobierno de Reino Unido que encabeza Boris Johnson han cerrado un acuerdo para llevar a cabo un Brexit ordenado, justo a tiempo para que los líderes europeos lo revisen este jueves en la cumbre que celebran en Bruselas, si bien su entrada en vigor todavía depende de que el Parlamento de Westminster lo apruebe en una sesión extraordinaria el próximo sábado, sin que por ahora esté garantizado que exista una mayoría suficiente entre los diputados británicos.
 
El acuerdo, logrado tras varias jornadas de maratonianas negociaciones entre los equipos técnicos de ambas partes, ha sido anunciado de manera casi simultánea a través de las redes sociales por el presidente de la Comisión Europea, Jean Claude Juncker, y el primer ministro británico, Boris Johnson. "Es un acuerdo justo y equilibrado para la UE y el Reino Unido y es el testimonio de nuestro compromiso por hallar soluciones", ha destacado Juncker en su mensaje, que señala que se ha pactado una solución para desencallar el problema de la frontera irlandesa y se ha revisado la declaración política que acompañará al texto legal.
 
Fuente: Cinco Días

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