Las moratorias y aplazamientos de cotizaciones son un parche que deriva el problema para más adelante, según la CREEX

coste laboral
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dado luz verde a la Orden Ministerial que desarrolla la moratoria de las aportaciones empresariales a las cotizaciones sociales incluida en el Real Decreto 11/2020 y que permitirá a las empresas y autónomos de 12 sectores económicos suspender durante seis meses sin ningún tipo de interés las cotizaciones sociales (para empresas, aportaciones empresariales y por conceptos de recaudación conjunta y los trabajadores autónomos, para sus cuotas) pagaderas en los meses de mayo, junio y julio.
 
Según se ha señalado desde la Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX) estas medidas suponen un simple parche, que no resuelve el problema, sino que lo deriva para más adelante.
 
Javier Peinado, secretario general de la CREEX, ha indicado que apenas supondrán un alivio momentáneo. “¿Es que alguien se cree que cuando esto termine las empresas y negocios van a recuperar los ingresos perdidos en estas semanas? ¿Va a desayunar la gente en los bares el triple de veces, se va a comprar el triple de ropa? Es absurdo, así lo único que se hace es dar la patada al balón hacia delante, y ya veremos cuando toque pagar todo lo acumulado”.
 
Por ello, ha vuelto a insistir en que la solución “no es ni la moratoria ni el aplazamiento, es la exención de cuotas y tributos, porque las empresas no han tenido actividad y si no han tenido ingresos no es justo que paguen. Bastante tocadas van a salir de esta situación para pensar que en tres o seis meses no solo funcionarán normalmente, sino que habrán recuperado lo perdido, esto no tiene sentido”.
 
SECTORES
En el caso de los autónomos las mensualidades objeto de moratoria son las correspondientes al periodo mayo-julio, mientras que en el caso de las empresas son las devengadas en el mes inmediatamente anterior. En concreto, la Orden Ministerial faculta a los siguientes sectores económicos a solicitar la moratoria de cotizaciones sociales sin intereses para los próximos meses:
 
Código CNAE 2009 Descripción actividad
119 Otros cultivos no perennes
129 Otros cultivos perennes
1812 Otras actividades de impresión y artes gráficas
2512 Fabricación de carpintería metálica
4322 Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado
4332 Instalación de carpintería
4711 Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco
4719 Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados
4724 Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados
7311 Agencias de publicidad
8623 Actividades odontológicas
9602 Peluquería y otros tratamientos de belleza
 
La moratoria permitirá a los autónomos y empresas cuya actividad se corresponda con estos códigos de la CNAE solicitar la suspensión de las cuotas empresariales de sus trabajadores durante un plazo de seis meses sin ningún tipo de interés. Si se les concede la moratoria, los pagos que debían realizar en mayo se ingresarán en noviembre y así sucesivamente con el resto de mensualidades.
 
Para solicitar esta moratoria, las empresas deben solicitarlo entre el 1 y 10 del mes en el que tendrían que afrontar el pago a la Tesorería General de la Seguridad Social a través del sistema RED. En el caso de los trabajadores autónomos que no tengan autorizado RED, podrán utilizar el servicio de la sede electrónica de la Seguridad Social.
 
Los autónomos y empresas cuya actividad no se encuentre entre las indicadas, tienen la posibilidad de solicitar un aplazamiento de las cotizaciones sociales con un tipo de interés del 0,5%, siete veces inferior al habitual para los pagos que debían realizar en los meses de abril, mayo y junio.

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